¿TIENES DUDAS?






Conoce más de la Declaración Patrimonial


ESTAS SON LAS PREGUNTAS MÁS FRECUENTES:

Es la manifestación de las servidoras y servidores públicos, sobre los ingresos, estado y evolución de los bienes con los que cuentan, así como de cualquier actividad que pueda interferir con el ejercicio de las funciones o la toma de decisiones.

Fundamento legal: artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Todas las servidoras y servidores públicos que desempeñen un empleo, cargo o comisión.

Fundamento legal: artículos 108 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 3, fracción XXV, 32 y 46 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

1. Declaración inicial: la que se presenta al ingresar o reingresar a la Administración Pública Estatal.
2. Declaración de modificación patrimonial: la que se presenta cada año para reportar el estado y evolución de los ingresos y bienes del año inmediato anterior.
3. Declaración de conclusión del encargo: la que se presenta al concluir un cargo, empleo o comisión en la Administración Pública Estatal.

Fundamento: 33, fracciones I, II y II de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

1. Declaración inicial: dentro de los 60 días naturales siguientes al ingresar o reingresar a la Administración Pública Estatal.
2. Declaración de modificación patrimonial: durante el mes de mayo de cada año.
3. Declaración de conclusión del encargo: dentro de los 60 días naturales siguientes a la conclusión del cargo, empleo o comisión en la Administración Pública Estatal.

Fundamento: artículo 33, fracciones I, II y III de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
Las servidoras y servidores públicos de la Administración Pública Estatal deben presentar su declaración ante la Secretaría de la Función Pública del Gobierno del Estado de Zacatecas, mediante el Sistema de Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses (SIDESPI), en el siguiente link:
https://sidespi.zacatecas.gob.mx/

Fundamento legal:artículo 32 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

¿En qué horario se puede presentar la declaración?

El Sistema de Declaración de Situación Patrimonial y de Intereses (SIDESPI) está disponible las 24 horas del día, por lo que, puede ser presentada en cualquier horario.

Es probable que por el gran número de servidoras y servidores públicos que ingresan durante el mes de mayo para presentar la declaración de modificación patrimonial, el SIDESPI se sature, para evitarlo se recomienda presentarla durante los primeros días del mes.

1. Ingresar al portal: https://sidespi.zacatecas.gob.mx
2. Selecciona la opción “Acceso al Sistema”.
3. Colocar usuario y contraseña.
4. Ingresa el código que te aparece en la imagen.
5. Dar clic en “Iniciar sesión”

Lo otorgará el Órgano Interno de Control de la dependencia o entidad pública en la que labore la servidora o servidor público.

En caso de que la dependencia o entidad pública no cuente con Órgano Interno de Control, será a través de la Dirección de situación Patrimonial de

Si eres servidora o servidor público que presenta su declaración en formato completo, necesitas la siguiente información:

1. Datos generales.
2. R.F.C. (con homoclave).
3. C.U.R.P.
4. Datos académicos: fechas y datos de la institución.
5. Datos laborales: fechas, funciones y datos del ente público.
6. Experiencia laboral de los últimos 5 empleos: nombre de ente público o empresa, R.F.C y fechas.
7. En su caso, datos de pareja y dependientes (C.U.R.P, R.F.C., fecha de nacimiento, domicilio, salario mensual neto, fecha de ingreso al empleo y R.F.C. cuando se trate de sector privado)
8. Comprobantes de percepciones de sueldo y otros ingresos.
9. Escrituras y documentación comprobatoria de la adquisición de bienes inmuebles propios.
10. Facturas y contratos de vehículos y bienes muebles.
11. Contratos y número de cuenta de nómina, ahorro e inversiones o de cualquier otro tipo de valores.
12. Adeudos: fechas, plazos, número de cuenta o contrato, montos y saldos, R.F.C. y nombre del otorgante.
13. Contratos de comodatos inmuebles y de vehículos.
14. Declaración de intereses propios, de pareja o dependientes. (participación en empresas, fideicomisos, instituciones religiosas, gubernamentales, benéficas, partidos políticos, gremios, sindicatos.)

Si eres servidora o servidor público que presenta su declaración en formato simplificado:

1. Datos generales.
2. Domicilio del declarante.
3. Datos curriculares.
4. Datos del empleo, cargo o comisión.
5. Experiencia laboral.
6. Ingresos netos de la servidora o servidor público declarante.

La actuación de una servidora o servidor público que interviene con motivo de su empleo, cargo o comisión en cualquier forma, en la atención, tramitación o resolución de asuntos en los que se tenga impedimento legal, en razón de intereses personales, familiares o de negocios.

Fundamento legal: artículos 3, fracción VI y 58 de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Cuando no se tenga causa justificada y se omita presentar la declaración o lo se haga fuera del plazo legal, estará sujeta (o) a sanción con suspensión, destitución o inhabilitación, previo requerimiento de la autoridad y posterior inicio del procedimiento administrativo correspondiente.

Fundamento legal: artículo 33, párrafo tercero de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.

Si

Fundamento legal: artículos 32, 34, párrafo tercero y tercero transitorio, párrafo sexto de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, y generalidad séptima del Anexo Segundo del Acuerdo del Comité Coordinador del SNA, publicado en el DOF el 23 de septiembre de 2019.

La declaración de conclusión del encargo, independientemente de que haya presentado su declaración de modificación patrimonial en el mes de mayo.

Fundamento: 33, fracciones II y III de la Ley General de Responsabilidades Administrativas.